Derecho Laboral
En Estudio Langoni trabajamos todos los ambitos vinculados a la relacion laboral.
Acompañamos a los trabajadores durante todo el proceso laboral procurando la máxima protección de sus derechos.
Asimismo contamos con un departamento corporativo que se encarga de asesorar empresas buscando anticiparse y prevenir cualquier tipo de conflicto individual o colectivo del trabajo
Etapas Proceso Laboral
Etapa Extrajudicial
En Estudio Langoni procuramos lograr un acuerdo rapido y eficaz que favorezca a todas las partes involucradas.
Es por tal motivo que luego de realizar una liquiadcion prelimian buscamos un acuerdo justo entre las partes a los efectos de optimizar tiempos y evitar litigios innecesarios
MTSS
La misma se realiza ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Es un requisito administrativo mediante el cual se busca ante la sede del MTSS poder lograr un acuerdo entre el trabajador y empleador.
En caso de que se logre un acuerdo, el mismo se plasma en un acta y se da fin al proceso laboral siempre que se cumpla con lo establecido en el mismo.
En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo queda abierta la vía judicial.
Sede Judicial
Se deberá presentar la demanda laboral ante los juzgados de trabajo en la cual se detallarán los motivos del reclamo, así como se propondrá la prueba que se entienda pertinente.
Luego y en el marco de lo dispuesto por la Ley 18.572 se llevará acabo el proceso laboral
Despido en el Derecho Uruguayo
Despido Común
El despido supone la decisión unilateral del empleador de dar por finalizada la relación laboral.
En nuestro derecho existen diversos tipos de despido conforme a ciertas particularidades de la relación laboral.
El mismo va a suponer que el empleador decida de forma unilateral poner fin a la relación de trabajo
Este va a corresponder en todos los casos, salvo cuando el empleador pueda acreditar que el trabajador incurrió en lo que se denomina notoria mala conducta.
La indemnización por despido (IPD), se calculara tomando en cuenta variables como el salario, antigüedad y demás incidencias.
Despido Por Enfermedad.
En este caso el trabajador despedido se encuentra afectado por una enfermedad común.
Esto significa o bien que el trabajador se encuentra certificado o que el despido se produce dentro de los 30 días posteriores al reintegro del trabajador de una certificación médica.
En caso de configurarse el despido por enfermedad se deberá abonar una Indemnización por Despido (IPD) doble.
Despido trabajadora Grávida.
En el marco de lo dispuesto por la Ley 11.577 en caso de que se produzca el despido de una trabajadora embarazada o durante los 180 días posteriores al reintegro de la licencia por maternidad, genera la obligación de pagar la suma correspondiente a los 6 meses de sueldo además de la indemnización por despido común.
Es importante destacar que aun en periodo de prueba nace el derecho a percibir los 6 meses de sueldo.
Despido Indirecto.
El mismo supone que ante un incumplimiento de gravedad por parte del empleador, el trabajador se considera despedido y decide poner fin a la relación laboral.
Será carga del trabajador probar tal situación y en caso de una sentencia favorable el empleador deberá abonar la Indemnización por Despido correspondiente.
Despido Abusivo.
A los efectos de que se configure el despido abusivo el empleador tiene una conducta inapropiada fruto de un actuar abusivo en perjuicio del trabajador, el cual se vincula con la forma, finalidad o motivo del despido.